| Oregon es un
estado peculiar. Es el único sitio en Estados Unidos donde
los residentes pueden optar por el suicidio médicamente
asistido. Después de varios años y de varias votaciones, en
1997 los ciudadanos eligieron legalizar el suicidio asistido
(60 por ciento a favor, 40 por ciento en contra). La ley es
exclusiva para los residentes en ese estado y quien la
solicita debe padecer una enfermedad terminal. |
El documento se denominó Death with Dignity Act. A partir de
entonces, el Departamento de Salud del estado de Oregon
recibe toda la información pertinente de los enfermos y de
los doctores implicados en actos de suicidio asistido. Con
la finalidad de que los procedimientos sean transparentes el
Departamento de Salud publica anualmente todos los datos
disponibles.
A partir de 1998, poco después de que se aprobó la Ley para
Morir con Dignidad y hasta 2004, 208 pacientes residentes en
Oregon habían ingerido medicamentos para morir con decoro.
Las tres razones principales por las cuales se solicitó
suicidio asistido son: imposibilidad para gozar la vida,
pérdida de la autonomía y pérdida de la dignidad. Los puntos
enumerados son el "corazón filosófico" del documento.
Subrayan algunos valores morales y definen los límites de la
vida. No atentan contra Dios. Enfatizan, más bien, la idea
de que la vida no es una obligación sino un derecho, y que
en muchas ocasiones, en pacientes terminales, la medicina
prolonga la muerte y no la vida.
El suicidio médicamente asistido requiere que los fármacos -pentobarbital
o secobarbital- sean prescritos por un doctor. Tras la
ingesta de las medicinas, la mitad de los enfermos
fallecieron en los primeros 25 minutos; el resto en las
primeras dos horas, y uno murió a las 31 horas. En ningún
caso fue necesario llamar a los servicios de urgencia. Las
estadísticas demuestran que al cabo de los años el número de
personas que optaron por el suicidio asistido se ha
incrementado muy poco: uno de cada 800 enfermos ha elegido
esa vía.
El hecho de que no se haya "generalizado" la práctica del
suicidio médicamente asistido contradice la opinión de los
grupos antieutanasia, quienes habían asegurado que la
aprobación de este tipo de leyes incrementaría "mucho" las
solicitudes para morir "voluntariamente". La lección es
importante: abrir las puertas para una muerte digna le
posibilita a quien lo requiera acudir a esa instancia, pero
de ninguna forma implica abrir las puertas para que ese acto
se generalice.
Los requisitos para obtener medicamentos que produzcan la
muerte, de acuerdo con la Ley para Morir con Dignidad son:
1) Ser adulto (mayor de 18 años). 2) Residente de Oregon. 3)
Ser capaz (tener la capacidad de entender y comunicar
decisiones relativas a su salud). 4) Tener el diagnóstico de
enfermedad terminal cuya evolución producirá la muerte en un
periodo no mayor a seis meses.
Los enfermos que llenen esos requisitos deberán solicitar
los fármacos de un médico que resida en Oregon. Para recibir
la prescripción, deben seguirse los pasos siguientes: 1) El
paciente debe solicitar oralmente apoyo de su médico. Debe
hacerlo en dos ocasiones con un intervalo de 15 días. 2) El
paciente debe llenar una solicitud escrita dirigida a su
médico y firmada en presencia de dos testigos. 3) El médico
que proveerá los fármacos y un segundo médico deberán
confirmar el diagnóstico y el pronóstico. 4) Tanto el médico
que prescriba los fármacos como un segundo médico deberán
determinar si el paciente es intelectualmente capaz. 5) Si
cualquiera de los dos médicos considera que el enfermo tiene
alteraciones sicológicas o siquiátricas, el enfermo deberá
ser referido para que se le efectúe examen sicológico. 6) El
médico responsable debe informar al paciente de las
alternativas posibles al suicidio asistido, como son los
hospicios, las técnicas para control del dolor o las
técnicas del cuidado profundo. 7) El médico que prescriba
puede solicitar que el paciente notifique a su pariente más
cercano su decisión.
Tanto los médicos como los pacientes que se adhieran a la
Ley para Morir con Dignidad están protegidos legalmente, ya
que no hay tipificación criminal. Las pólizas de seguro de
vida o de salud no se verán afectadas por el acto. No existe
obligación por parte de los médicos, empleados de farmacias
o sistemas de salud de inmiscuirse en suicidios asistidos.
Para muchos enfermos, contar con esta opción ha sido
suficiente para saber que existe otro camino para anticipar
la muerte. El documento ha sido también benéfico porque
muchos médicos se han interesado en aprender más acerca del
control del dolor y de las alteraciones siquiátricas de los
enfermos terminales. El documento ha servido también para
que enfermos, familiares y médicos recapaciten acerca de los
límites de la medicina y de la vida. Bueno sería que las
autoridades de salud de nuestro país se interesasen por
experiencias como la descrita.
Fuente:
La
Jornada
Autor:
Arnaldo Kraus |
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