Sociedad

¿Sabes cuáles son las razones que justifican rechazar una herencia?

A pesar de lo que pueda parecer, recibir una herencia no siempre es sinónimo de aumento patrimonial. En ocasiones una herencia puede ser un regalo envenenado que es mejor rechazar.

Porque sí, se puede repudiar (que es el término correcto desde el punto de vista jurídico) una herencia libremente siempre que se estime oportuno.

El causante (fallecido) no solo lega a sus herederos sus bienes y derechos, también transmite las deudas con las que contara en vida, no siendo posible aceptar una parte y rechazar la otra. Por eso la razón más común de renuncia es, por supuesto, no hacerse cargo de las deudas.

El abogado especialista en herencias y sucesiones José Antonio Ferrer, del bufete Ferrer Asociados, así nos lo confirma: “El motivo de las deudas es el principal y mayoritario, pero no es el único”.

Existe otro motivo que de primeras puede no parecer tan evidente. Nos los explica Ferrer: “también se renuncia por liberalidad, por ejemplo, dos hermanos donde uno no tiene apenas patrimonio y el otro tiene mucho, éste repudia la herencia y aquél se beneficia de la totalidad”. O dicho de otro modo, uno o varios de los herederos pueden renunciar a su parte de la herencia para voluntariamente beneficiar a uno o varios herederos.

¿Qué hay que hacer para renunciar a una herencia?

Ferrer nos confirma que la renuncia de una herencia es un proceso, por lo general, bastante sencillo: “La repudia se puede hacer ante notario, en la mayoría de las veces es así. También puede hacerse por vía judicial”.

La renuncia de herencias ha ido en aumento en los últimos años, especialmente con motivo de la crisis. Y es que la crisis ha disparado las herencias que incluían deudas, principalmente hipotecarias, de propiedades que se han depreciado.

Según el Consejo General del Notariado, entre 2007 y 2016 el número de renuncias a herencias en España se ha disparado, pasando de 11.048 en el año 2007, a 38.791 en el año 2016. Un incremento muy notable, de más del 250%.

La situación puede diferir en función de cada Comunidad Autónoma

Es importante destacar que algunos territorios, como Cataluña, Aragón, Euskadi, Galicia y Navarra cuentan con Derechos Forales propios que pueden incluir salvedades.

Además, no podemos evitar mencionar otro aspecto que no se debe pasar por alto: el impuesto sobre sucesiones y donaciones es un impuesto cedido a las Comunidades Autónomas y no existe una homogeneización al respecto. Es decir, en función del lugar donde residiera la persona fallecida, el pago de impuestos para recibir una misma herencia puede divergir enormemente, algo que puede también influir para justificar el rechazo de una herencia.

Por todos estos motivos, si vas a recibir una herencia es importante que te pongas en contacto lo antes posible con un abogado especialista en herencias y sucesiones, ya que te ayudará a ahorrarte muchos problemas y, quizá, también mucho dinero.

Fabriciano González

Amante de la informática y de Internet entre otras muchas pasiones. Leo, descifro, interpreto, combino y escribo. Lo hago para seguir viviendo y disfrutando. Trato de dominar el tiempo para que no me esclavice.

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